Verónica Benas

Indice de Proyectos de Ley

VERÓNICA BENAS - DIPUTADA PROVINCIAL - ARI SANTA FE

 

 

A - Proyectos de Ley presentados cuyo debate originó la sanción de Leyes Provinciales

 

 

 

1.    Periodicidad de los Concursos Docentes

Expediente 11.976 – Ingresado el 26 de febrero de 2004.

 

Resumen del proyecto:

·   Modifica la Ley Nº 8.927 de Concursos Docentes

·   Establece la obligación del Ministerio de Educación de convocar a concursos de ingreso e incremento cada 3 años y a concursos de ascenso cada 4 años, en todos los niveles y modalidades.

·   Determina la vigencia del escalafón de cada concurso hasta la realización de un nuevo concurso en el nivel y modalidad correspondiente.

·   Obliga al Ministerio a convocar los próximos concursos de todo tipo, nivel y modalidad, contando el plazo a partir del último concurso realizado, con lo cuál la mayoría de las convocatorias son inmediatas.

Como la Ley Nº 8.927 - sancionada por la Dictadura - no preveía ninguna periodicidad a los concursos, el Estado Provincial pasó muchos años - en algunos niveles y modalidades, 12, 17 o hasta 23 años - sin realizar concursos de ingreso ni ascenso, violando los derechos constitucionales a la Carrera Docente.

 

 

Este proyecto, con modificaciones, tuvo media sanción de la Cámara de Diputados el 24 de Junio y sanción definitiva del Senado el 11 de Noviembre de 2004.

 

La Ley 12.356 – de Periodicidad de los Concursos Docentes – fue promulgada por el Poder Ejecutivo el 15 de Diciembre y publicada en el Boletín Oficial el 20 de Diciembre de 2004.

 

Resumen de la Ley 12.356:

Modifica la Ley Nº 8.927 de Concursos Docentes

Establece la obligación del Ministerio de Educación de convocar a concursos de ingreso e incremento cada 4 años y a concursos de ascenso cada 5 años, en todos los niveles y modalidades.

Determina la vigencia del escalafón de cada concurso hasta la realización de un nuevo concurso en el nivel y modalidad correspondiente.

Con estos escalafones, quienes no alcanzaron a titularizar como docente o directivo en el primer ofrecimiento: a) podrán titularizar en los sucesivos ofrecimientos que se realicen en los 3 o 4 años siguientes y b) tendrán prioridad - según su orden de mérito en el concurso - para acceder a las suplencias como docente o directivo en cada establecimiento escolar.

Obliga al Ministerio a convocar en los 4 años siguientes a su sanción -del 2005 al 2008- los próximos concursos de todo tipo, nivel y modalidad.

Deroga la condición de ser argentino para poder inscribirse a los concursos de ingreso a la docencia en la Provincia de Santa Fe.

 

 

2.   Recuperación del régimen especial de jubilación para los docentes provinciales

Expediente 14.270 – Ingresado el 10 de marzo de 2005.

 

Resumen del Proyecto:

Recupera un régimen especial para que los docentes provinciales -públicos y privados- puedan jubilarse con 25 años de servicio y 53 años de edad para las mujeres y 58 años para los varones.           

Recupera un haber del 82 % móvil con base de cálculo de los 3 mejores años de los últimos 10.   

Recupera el cómputo preferencial de 5 años por uno y la opción de pago luego de la jubilación.

Reconoce íntegramente los servicios simultáneos.

Brinda la opción a los docentes transferidos para jubilarse en el sistema provincial.

Evita la discontinuidad del cobro entre el último sueldo como activo y el primer haber jubilatorio.

 

 

Este proyecto fue tratado en conjunto con el Proyecto del Partido Justicialista (Expediente 14.217) y dos Mensajes del Poder Ejecutivo (Expedientes 15.586 y 15.587). Tuvo media sanción de la Cámara de Diputados y e inmediata sanción definitiva del Senado, ambas el 23 de septiembre de 2005.

 

La Ley 12.464 – de Reforma del sistema previsional provincial – fue promulgada por el Poder Ejecutivo el 23 de septiembre mediante el Decreto Nº 2143/05 y publicada en el Boletín Oficial el 28 de septiembre de 2005.

 

Resumen de la Ley 12.464:

Modifica la Ley Nº 6915 – Régimen previsional de los empleados públicos provinciales

Recupera un régimen opcional para los docentes sin pago de cómputo: con 57 años de edad las mujeres y 60 años de edad los varones que acrediten 30 años de servicios docentes se jubilarán con el 82% móvil (art. 14 y 15)

Recupera la movilidad directa y automática: se deben pagar los aumentos a los jubilados a los 30 días del aumento a los activos. El porcentaje del aumento es el promedio del aumento otorgado a los activos de cada sector de empleados públicos (coeficiente sectorial) (art. 5)

Mejora la base de cálculo de los haberes:

-  Incorpora los importes remunerativos y no remunerativos del salario, excepto presentismo, incentivo y actividad específica docente (art. 18)

- Considera y promedia los ingresos de todos los cargos y horas simultáneos, más los ingresos por trabajos con otros empleadores de los últimos 10 años (art. 1)

Reajusta los haberes de quienes se jubilaron por la Ley de Emergencia 11.373 (art. 17)

Mejora la jubilación ordinaria de todos los empleados públicos (corresponde también a los docentes cuando completan los 30 años de servicios con aportes en otras actividades):

- Eleva del 60% al 72% móvil la jubilación con 30 años de servicio y 60 años de edad las mujeres y 65 los hombres (art. 1)

- Establece 2% más por año de servicio hasta un máximo de 82% con 35 años de servicios (art. 1)

- Mejora a 2 años por 1 (antes era 3 años por 1) la compensación gratuita del exceso de años de servicio por edad y viceversa (art. 6)

- Rebaja los cómputos para docentes: 1 año de aportes y edad cada 5 años frente a alumnos (era 1 cada 7) pagando el 2,5%, 1 cada 4 pagando el 4% para escuelas especiales y 1 cada 3 pagando el 3% para escuelas de zona inhóspita (art. 9)

- Restablece la opción de pago del cómputo luego de jubilarse (art. 10)

 

 

3.   Blanqueo de los salarios docentes

Expediente 14.269 – Ingresado el 10 de marzo de 2005.

 

Resumen del Proyecto:

Dispone que los próximos incrementos salariales se incorporen al básico docente.

Exige que, en el plazo de un año, el Gobierno incorpore al básico docente todas las sumas que actualmente se liquidan en negro.

 

 

Este proyecto fue tratado en conjunto con el Proyecto del Partido Justicialista de blanqueo salarial de los empleados públicos (Expediente 14.226). Tuvo media sanción en Diputados el 18 de agosto y sanción definitiva de la Cámara de Senadores, el 29 de septiembre de 2005.

 

La Ley 12.469 – de Blanqueo salarial de los empleados públicos – fue promulgada por el Poder Ejecutivo el 21 de octubre y publicada en el Boletín Oficial el 26 de octubre de 2005.

 

Resumen de la Ley 12.469:

Dispone que todos los nuevos incrementos salariales sean remunerativos.

Invita al PE a blanquear las actuales sumas en negro, pero sin fijarle ningún plazo para que se blanqueen las actuales sumas en negro.

Con la única oposición del ARI, los diputados de todas las demás bancadas eliminaron el artículo que invitaba a los municipios y comunas a blanquear los salarios de los empleados municipales.

 

 

4.   Protección a los enfermos de epilepsia

Expediente 15.719 – Ingresado el 28 de septiembre de 2005.

 

Resumen del Proyecto:

• Establece la adhesión a la Ley Nacional Nº 25.404 de protección a los enfermos de epilepsia.

• Garantiza los derechos laborales y educativos a todos los enfermos de epilepsia, proscribiendo todo acto de discriminación por su condición.

• Crea el Programa Provincial de Detección, Asistencia, Tratamiento y Seguimiento de las Personas que padecen Epilepsia, a cargo del Ministerio de Salud de la Provincia.

• Garantiza la asistencia médica y la provisión de medicamentos específicos para los enfermos sin cobertura médica y carentes de recursos.

 

Este proyecto fue tratado en conjunto con un dictamen con media sanción del Senado y tuvo sanción definitiva en la Cámara de Diputados el 18 de mayo de 2006.

 

La Ley 12.541 – de Protección a los enfermos de epilepsia – fue promulgada por el Poder Ejecutivo el 16 de junio y publicada en el Boletín Oficial el 27 de junio de 2006.

 

Resumen de la Ley 12.541:

Establece la adhesión a la Ley Nacional Nº 25.404 de protección a los enfermos de epilepsia.

Garantiza los derechos laborales y educativos a todos los enfermos de epilepsia, proscribiendo todo acto de discriminación por su condición.

Crea el Programa Provincial de Detección, Asistencia, Tratamiento y Seguimiento de las Personas que padecen Epilepsia, a cargo del Ministerio de Salud de la Provincia.

Garantiza la asistencia médica y la provisión de medicamentos específicos para los enfermos sin cobertura médica y carentes de recursos.

 

 

5.    Pago de la Ayuda Escolar Anual a los empleados públicos provinciales cuyos hijos cursen el Polimodal

Expediente 12.113 – Ingresado el 11 de marzo de 2004.

 

Resumen del Proyecto:

Modifica la Ley 9.290 de Asignaciones Familiares para Empleados Públicos Provinciales.

Determina que el gobierno provincial pague la Ayuda Escolar Anual ($ 130) a sus empleados cuyos hijos cursen el Polimodal, ya que sólo la pagaba hasta el 9º año de EGB.

 

 

Este proyecto fue tratado con el Mensaje del Poder Ejecutivo Nº 2.958 (Expediente 15.255). Tuvo media sanción de la Cámara de Diputados el 17 de noviembre de 2005. Tras ser devuelta con modificaciones por el Senado, recibió sanción definitiva el 12 de octubre de 2006.

 

La Ley 12.642 – de Ayuda Escolar Anual para los empleados públicos provinciales cuyos hijos cursen el Polimodal – fue promulgada por el Poder Ejecutivo el 8 de noviembre de 2006 y publicada en el Boletín Oficial el 10 de noviembre de 2006.

 

Resumen de la Ley 12.642:

Modifica la Ley 9.290 de Asignaciones Familiares para Empleados Públicos Provinciales.

Incorpora el pago de la Ayuda Escolar Anual a los empleados públicos provinciales cuyos hijos cursen el Polimodal.

Eleva del doble al cuádruple, la asignación por hijo con capacidades diferentes y las correspondientes a la escolaridad de los mismos.

 

 

6.   Prescripción de las deudas con la ex – DIPOS residual

Expediente 13.759 – Ingresado el 28 de octubre de 2004.

 

Resumen del Proyecto:

Aplica el plazo de prescripción de 5 años a las deudas reclamadas por la DIPOS residual a través de Fiscalía de Estado, de acuerdo con la normativa provincial para deudas con la Administración Provincial de Impuestos (API).

Da por extinguida la acción en los más de 36.000 juicios promovidos para el cobro de esas deudas.

   

 

Este tema tuvo solución parcial con la Ley 12.399 – de Condonación parcial de las deudas con la ex – DIPOS residual – sancionada por la Legislatura el 23 de diciembre de 2004, promulgada por el Poder Ejecutivo el 17 de enero de 2005 y publicada en el Boletín Oficial el 20 de enero de 2005.

 

Resumen de la Ley 12.399:

Condona las deudas inferiores a $ 1000.- de los deudores con ingresos de menos de $ 1000.- mensuales.

Condona las deudas de quienes, a la fecha de sanción, son considerados casos sociales para Aguas Santafesinas.

Mantiene el pago de las costas causadas con un límite del 3% de las deudas.

 

 

Nuestro proyecto – que promovía la solución total y definitiva – perdió estado parlamentario al finalizar el 2005 y mediante el Expediente 17.341 fue reingresado el 29 de junio de 2006.

 

El problema tuvo solución definitiva mediante la Ley 12.652 – de Incobrabilidad de las deudas con la ex - DIPOS residual – sancionada por la Legislatura el 26 de octubre, promulgada por el Poder Ejecutivo el 22 de noviembre y publicada en el Boletín Oficial el 27 de noviembre de 2006.

 

Resumen de la Ley 12.652:

Declara incobrables todas las deudas de los usuarios de la ex – DIPOS residual.

Dispone la extinción de los procesos judiciales y administrativos referidos a ellas.

 

 

7.   Expropiación de un inmueble para la Escuela Nº 628 “Servando Bayo” de Rosario

Expediente 18.021 – Ingresado el 21 de septiembre de 2006.

 

Resumen del Proyecto:

Dispone declarar sujeto a expropiación uno de los inmuebles donde funciona la E. E. T. 628. Luego de 6 años sin que el Ministerio de Educación pague el alquiler, un juicio de desalojo con fallo judicial puso en peligro de cierre el establecimiento escolar.

   

 

Este proyecto fue aprobado, sin modificaciones, sobre tablas en el período extraordinario de sesiones por ambas Cámaras el 14 de diciembre de 2006.

 

La Ley 12.699 – de Expropiación de un inmueble para la Escuela Nº 628 “Servando Bayo” de Rosario – fue promulgada por el Poder Ejecutivo el 19 de diciembre de 2006 por medio del Decreto Nº 3359/06 y publicada en el Boletín Oficial el 26 de diciembre de 2006.

 

8.   Inclusión del Querellante Particular en el Código Procesal Penal

Expediente 15.511 – Ingresado el 2 de septiembre de 2005.

 

Resumen del Proyecto:

Habilita a que toda persona con capacidad civil particularmente ofendida por un delito de acción pública tenga el derecho a constituirse en parte querellante y como tal impulsar el proceso, proporcionar elementos de convicción, argumentar sobre ellos y recurrir.

El querellante podrá colaborar en la investigación y en el plenario, para acreditar el hecho incriminado, la responsabilidad penal del imputado, y la extensión del daño causado.

 

 

Este proyecto perdió estado parlamentario al finalizar el 2006. Mediante el Expediente 19.021 fue reingresado el 17 de mayo de 2007.

Fue incluido en el Proyecto de Reforma del Código Procesal Penal (Libro I “Disposiciones Generales”, Título IV “Sujetos del Procedimiento”, Capítulo I “La Víctima” Art. 80 al 83 y Capítulo 3 “El Querellante” Art. 93 al 99) elaborado por la Comisión Nº 3 del Plan Estratégico de Reforma Judicial de la Provincia de Santa Fe de la cual participó la Diputada Verónica Benas.

La Reforma del Código Procesal Penal fue ingresada por Mensaje del Poder Ejecutivo como Expediente 18.513 y recibió media sanción de la Cámara de Diputados el 21 de junio de 2007 y sanción definitiva del Senado el 17 de agosto de 2007.

La Ley 12.734 – del Nuevo Código Procesal Penal – fue promulgada por el Poder Ejecutivo el 27 de agosto de 2007 por medio del Decreto Nº 1882/07 y publicada en el Boletín Oficial el 31 de agosto de 2007.

9.   Prohibición de venta de pegamentos con tolueno y derivados en comercios que venden alimentos

Expediente 15.607 – Ingresado el 14 de septiembre de 2005.

 

Resumen del Proyecto:

Prohibe la venta, depósito, exhibición, expendio o suministro a cualquier título, de pegamentos, colas, adhesivos de contacto o similares que contengan en su composición tolueno o sus derivados y compuestos, en comercios de los rubros denominados Kioscos, Polirubros, Supermercados, Almacenes, Minimercados, Autoservicios y cualquier otro en el que se vendan alimentos y/o bebidas, así como la venta ambulante de los mismos.

Obliga al comerciante a llevar un libro especial debidamente foliado y rubricado por la autoridad policial de la jurisdicción en el que constará: nombre y apellido, documento de identidad y domicilio del adquiriente, así como también nombre del producto y cantidad vendida.

Obliga al comerciante a conservar las boletas que acreditan la compra al mayorista o distribuidor, la que indicarán en forma legible la cantidad y marca del producto.

 

 

Este proyecto perdió estado parlamentario al finalizar el 2006 y mediante el Expediente 19.027 fue reingresado el 17 de mayo de 2007. Recibió media sanción de la Cámara de Diputados el 20 de septiembre de 2007 y sanción definitiva del Senado el 1 de noviembre de 2007.

La Ley 12787 – de Prohibición de venta de pegamentos – fue promulgada por el Poder Ejecutivo el 26 de noviembre de 2007 por medio del Decreto Nº /07 y publicada en el Boletín Oficial el 29 de noviembre de 2007.

 

10.   IAPOS para los docentes transferidos que se jubilan por nación u otras provincias y sus pensionados y para los convivientes del mismo sexo del afiliado

Expediente 15.415 – Ingresado el 24 de agosto de 2005.

 

Resumen del Proyecto:

Permite la continuidad en IAPOS al docente transferido que habiendo optado por esta Obra Social, se jubila por la Caja Nacional (ANSES) o a su pensionado en caso de fallecimiento. En la actualidad estos docentes, al jubilarse pasan del IAPOS al PAMI.

Permite la afiliación al IAPOS del conviviente del mismo sexo con un afiliado, en condiciones similares al régimen que ya se le reconoce al concubino de otro sexo.

 

 

El debate de este proyecto originó un dictamen que tuvo media sanción en la Cámara de Diputados el 16 de noviembre de 2006 pero perdió estado parlamentario al no ser tratado en el Senado.

 

El texto de esta media sanción fue reingresado mediante el Expediente 19.151 el 7 de junio de 2007. Recibió nuevamente media sanción de la Cámara de Diputados el 5 de julio de 2007 y sanción definitiva del Senado el 8 de noviembre de 2007.

La Ley 12. – de modificación de la Ley del IAPOS – fue promulgada por el Poder Ejecutivo el de noviembre de 2007 por medio del Decreto Nº /07 y publicada en el Boletín Oficial el  de noviembre de 2007.

Resumen de la ley:

Permite la continuidad en IAPOS al docente transferido que habiendo optado por esta Obra Social, se jubila por la Caja Nacional (ANSES) o a su pensionado en caso de fallecimiento.

Permite la afiliación al IAPOS del conviviente del mismo sexo con un afiliado, en condiciones similares al régimen que ya se le reconoce al concubino de otro sexo.

 

 

11.      Protección Integral de la Maternidad para las empleadas públicas provinciales

Expediente 12.113 – Ingresado el 11 de marzo de 2004.

 

Resumen del Proyecto:

• Unifica la normativa sobre maternidad existente –Decretos 4597/83 y 1919/89- incorporando la más avanzada legislación protectiva nacional e internacional y le da rango de Ley para que no pueda seguir sujeta a los cambios de humor de los ministros y gobernadores de turno.

• Elimina el arbitrario requisito de 60 días de antigüedad en la suplencia para acceder a licencias por embarazo, que sólo existe para las docentes y no para el resto de las empleadas provinciales.

• Elimina los arbitrarios recortes en la Licencia por Maternidad de parte de los médicos de Salud Laboral si el parto se adelanta o se atrasa respecto a la fecha probable. Garantiza que los 135 días de licencia no se pueden reducir por un parto prematuro y garantiza 90 días como mínimo luego del parto, si éste se demora respecto a la fecha probable, extendiendo la licencia más de 135 días.

• Garantiza a las docentes interinas y reemplazantes que estén en uso de la licencia por maternidad, la cobertura del IAPOS y la percepción íntegra de los haberes en tiempo y forma por todo el tiempo que dure dicha licencia, aunque su cargo fuera cubierto en dicho período.

• Incorpora licencias especiales: 1) en casos de partos múltiples, 15 días más por cada hijo a partir del segundo inclusive; 2) en caso de nacimiento de niños con necesidades especiales, una licencia especial de hasta 180 días a continuación de la de Maternidad; 3) para la madre en caso de fallecimiento del niño durante la Licencia por Maternidad y para el padre en caso de fallecimiento de la madre en dicho lapso.

 

 

El debate de este proyecto originó un dictamen sobre las suplentes embarazadas que quedan cesantes. Este dictamen obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados el 7 de julio de 2005, pero perdió estado parlamentario al no ser tratado en el Senado.

 

Resumen de la media sanción:

• Garantiza a las docentes interinas y reemplazantes que estén en uso de la licencia por maternidad, la cobertura del IAPOS y la percepción íntegra de los haberes en tiempo y forma por todo el tiempo que dure dicha licencia, aunque su cargo se viera cubierto en dicho período.

 

 

El texto de esta media sanción fue reingresado mediante el expediente 16.974 el 18 de mayo de 2006. Recibió nuevamente media sanción de la Cámara de Diputados el 1º de junio de 2006 y se encuentra actualmente a consideración del Senado.

12.    

 

 

 

B - Proyectos de Ley presentados en la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe

cuyos temas fueron contemplados por la Legislación Nacional

 

 

 

1.  Evaluación de la implementación de la Ley Federal de Educación en Santa Fe

Expediente 12.514 – Ingresado el 13 de mayo de 2004.

 

Resumen del Proyecto:

Evaluar la implementación de la Ley Federal de Educación en la Provincia de Santa Fe con la participación de la comunicad educativa y la sociedad en su conjunto.

Realizar, como punto de partida y en cada institución, el análisis del impacto en tres dimensiones: a) pedagógica, laboral y profesional, b) organizacional-administrativa y c) socio-comunitaria, para avanzar después en instancias municipales, departamentales y finalmente, la instancia provincial.

Obtener una caracterización de la situación en la que se encuentran las instituciones de todos los niveles y modalidades y producir los materiales teóricos y prácticos para encarar, inmediatamente y con consenso, las reformas necesarias.

 

 

Este proyecto perdió estado parlamentario al finalizar el 2005 y mediante el Expediente 16.440 fue reingresado el 9 de marzo de 2006.

La Ley Federal de Educación fue derogada con la Ley Nacional de Educación Nº 26.206 sancionada el 14 de diciembre de 2006 y promulgada el 27 de diciembre de 2006.

 

2.  Extensión de la obligatoriedad de la educación desde los 4 hasta los 18 años

Expediente 12.566 – Ingresado el 20 de mayo de 2004.

 

Resumen del Proyecto:

Extiende la obligatoriedad de la educación en la Provincia de Santa Fe, de los actuales 10 años (Inicial y 9 años de EGB) a 14 años, incluyendo el nivel inicial desde los 4 años hasta el Polimodal o secundario completo.

Implementa un servicio efectivo de visitas domiciliarias por parte de Asistentes Sociales para reintegrar a quienes hayan abandonado la escuela.

Promueve los jardines maternales para niños de 45 días a 3 años, priorizando a los niños en riesgo alimentario y sanitario, a los hijos de madres jóvenes en edad escolar y a los hijos de madres que trabajan fuera de su hogar.

 

 

Este proyecto perdió estado parlamentario al finalizar el 2005 y mediante el Expediente 16.438 fue reingresado el 9 de marzo de 2006.

La extensión de la obligatoriedad de la educación hasta el secundario completo fue incluida en la Ley Nacional de Educación Nº 26.206 sancionada el 14 de diciembre de 2006 y promulgada el 27 de diciembre de 2006. Queda pendiente la inclusión de la obligatoriedad del nivel inicial a partir de los 4 años para la próxima Ley provincial de Educación.

 

 

 

C - Proyectos de Ley presentados en la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe

que recibieron media sanción y están a consideración del Senado

 

 

 

 

1.      Reducción del requisito de antigüedad para acceder a Tareas Diferentes docentes

Expediente 13.327 – Ingresado el 8 de septiembre de 2004.

 

Resumen del Proyecto:

Elimina totalmente las arbitrarias exigencias de antigüedad para el acceso a Tareas Diferentes a los docentes titulares y a los interinos a titularizar por la Ley Nº 11.934.

Permite el acceso a Tareas Diferentes a los suplentes que cuenten con 1 año de antigüedad.

Garantiza la integridad del salario de los docentes reubicados en Tareas Diferentes.

Ampara el derecho de ascenso de los docentes que revistan en Tareas Diferentes, si la actividad a desempeñar no está expresamente contraindicada en su Ficha Médica.

Actualmente, el Artículo 11 del Régimen de Licencias exige 10 años de antigüedad para el acceso a las Tareas Diferentes Transitorias y 18 años para las Definitivas, lo que ha provocado incontables conflictos legales e injustas cesantías. Esta exigencia implica que una docente sin esa antigüedad que sufriera, por ejemplo, un accidente cerebro-vascular que le produjese una lesión irreversible, quedaría cesante al cabo de los dos años de licencia que puede tener como máximo.

 

 

El debate de este proyecto originó un dictamen que tuvo media sanción de Diputados el 30 de noviembre de 2005, pero perdió estado parlamentario al no ser tratado en el Senado.

 

Resumen de la media sanción:

• Reduce de 18 años a 1 año la antigüedad requerida a los docentes titulares para acceder a Tareas Diferentes, equiparándolos con los no docentes.

 

 

El texto de esta media sanción fue reingresado mediante el Expediente 16.972 el 18 de mayo de 2006. Recibió nuevamente media sanción de la Cámara de Diputados el 1º de junio de 2006 y se encuentra actualmente a consideración del Senado.

 

3.      Cobertura de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales a los empleados públicos provinciales

Expediente 13.328 – Ingresado el 8 de septiembre de 2004.

 

Resumen del Proyecto:

Obliga al Estado provincial a brindar cobertura integral a todos los empleados públicos afectados por Accidentes de Trabajo o Enfermedades Profesionales y a hacerse cargo del pago inmediato, directo o por reintegro, de todos los gastos originados.

Fija plazos breves y estrictos para la realización de las Juntas Médicas, la Calificación de los Accidentes de Trabajo y las Enfermedades Profesionales, la determinación de las Incapacidades y el justo cálculo y pronto pago de las Indemnizaciones.   

Exige que el gobierno cumpla una función preventiva, realizando a su cargo Exámenes Psicofísicos periódicos sin que sus resultados puedan afectar los derechos laborales de los trabajadores.

Habilita la Jubilación a los docentes que no puedan ser reubicados en Tareas Diferentes.

 

 

El debate de este proyecto originó un dictamen que tuvo media sanción de Diputados el 17 de noviembre de 2005, pero perdió estado parlamentario al no ser tratado en el Senado.

 

Resumen de la media sanción:

Obliga al Estado provincial a brindar cobertura integral a todos los empleados públicos afectados por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales y a hacerse cargo del pago inmediato, directo o por reintegro, de todos los gastos originados.

Fija plazos breves y estrictos para la realización de las juntas médicas, la calificación de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, la determinación de las incapacidades y el justo cálculo y pronto pago de las indemnizaciones.

Exige que el gobierno cumpla una función preventiva, realizando a su cargo exámenes psicofísicos periódicos, sin que sus resultados puedan afectar los derechos laborales de los trabajadores.

 

 

El texto de esta media sanción fue reingresado mediante el Expediente 16.975 el 18 de mayo de 2006. Recibió nuevamente media sanción de la Cámara de Diputados el 1º de junio de 2006 y se encuentra actualmente a consideración del Senado.

 

4.      Inclusión de los docentes de Nivel Inicial, Especial y No Formal en el nuevo Régimen de Jubilación Opcional para Docentes – Ley Nº 12.464

Expediente 15.741 – Ingresado el 29 de septiembre de 2005.

 

Resumen del Proyecto:

Corrige la redacción del artículo 14 de la nueva Ley previsional Nº 12.464 para incluir a los docentes de nivel inicial, especial y no formal que fueron omitidos en el régimen especial de jubilación para docentes.

 

 

Este proyecto, sin modificaciones, tuvo media sanción en la Cámara de Diputados el 17 de noviembre de 2005 pero perdió estado parlamentario al no ser tratado en el Senado.

El texto de esta media sanción fue reingresado mediante el Expediente 19.150 el 7 de junio de 2007. Recibió nuevamente media sanción de la Cámara de Diputados el 5 de julio de 2007 y se encuentra actualmente a consideración del Senado.

 

 

 

 

 

D - Proyectos de Ley presentados en la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe

que se encuentran a consideración de sus Comisiones

 

 

 

1.  Derogación de artículos del código de faltas: ofensa al pudor y otros

Expediente 12.298 – Ingresado el 11 de marzo de 2004.

 

Resumen del Proyecto:

Deroga los artículos del Código de faltas que se refieren a la Ofensa al pudor (Art. 83), Prostitución escandalosa (Art. 87), Travestismo (Art. 93) del Código de Faltas de la Provincia (Ley Nº 10.703), y el inciso k) de la Ley Orgánica de la Policía Provincial (Ley Nº 7.395), que persigue el ejercicio de la prostitución en los lugares públicos.

La derogación de estos artículos fue una de las reivindicaciones de la lucha incansable de Sandra Cabrera, Secretaria General de AMMAR, que fuera asesinada en Rosario y cuyo crimen permanece impune.

 

 

Este proyecto perdió estado parlamentario al finalizar el 2005.

Mediante el Expediente 16.439 fue reingresado el 9 de marzo de 2006 y se encuentra a consideración de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Cámara de Diputados.

 

 

2.  Boleto interurbano gratuito y medio boleto urbano para docentes 

Expediente 12.771 – Ingresado el 16 de junio de 2004.

 

Resumen del Proyecto:

Implementa el boleto interurbano gratuito de media y larga distancia para los docentes provinciales en el traslado desde su domicilio hasta las escuelas en las que presten servicio.

Para las zonas en que no exista transporte público regular o cuando los horarios del mismo estén muy alejados de los horarios escolares, que el Ministerio contrate el traslado o pague viáticos.

Promueve a través de las municipalidades de Rosario y Santa Fe el medio boleto urbano docente.

Las maestras siguen haciendo dedo en las rutas para ir a trabajar. El gobierno no debe esperar otro asesinato como el de Daniela Spárvoli para resolver este tema.

 

 

Este proyecto perdió estado parlamentario al finalizar el 2005.

Mediante el Expediente 16.842 fue reingresado el 16 de junio de 2006 y se encuentra a consideración de la Comisión de Transporte de la Cámara de Diputados.

 

3.  Convenciones colectivas de trabajo para docentes – Paritarias

Expediente 13.060 – Ingresado el 5 de agosto de 2004.

 

Resumen del Proyecto:

Establece el sistema de Convenciones Colectivas de Trabajo para regular las relaciones laborales de los docentes provinciales, según establece la legislación nacional e internacional y Comisiones Paritarias igualitarias, con cuatro representantes gremiales y cuatro del gobierno.

En materia de negociación y disponibilidad colectiva, regirán los principios de autonomía, libertad, buena fe, justicia social, irrenunciabilidad, primacía de la realidad, indemnidad, progresividad y, en caso de duda, aplicación de la norma o interpretación más favorable a los trabajadores.

Los docentes son los únicos empleados provinciales que no tienen paritarias.

 

 

Este proyecto perdió estado parlamentario al finalizar el 2005.

Mediante el Expediente 16.843 fue reingresado el 11 de mayo de 2006 y se encuentra a consideración de la Comisión de Asuntos Laborales, Gremiales y Previsionales de la Cámara de Diputados.

 

4.  Extensión del plazo de caducidad de los Recursos Contencioso Administrativos

Expediente 13.241 – Ingresado el 1 de septiembre de 2004.

 

Resumen del Proyecto:

El Recurso Contencioso Administrativo es el primer paso obligado que debe realizar cualquier empleado público para reclamar al gobierno por un problema laboral. Actualmente, si el empleado que inició el trámite deja pasar 3 meses sin “mover” el expediente, el trámite caduca.

Lleva a 12 meses el plazo de caducidad, para garantizar que el empleado pueda proseguir el trámite de su reclamo sin perder sus derechos. En la mayoría de las provincias y a nivel nacional estos plazos son de 6 a 24 meses.

 

 

Este proyecto perdió estado parlamentario al finalizar el 2005.

 

5.  Modificaciones a la Ley Nº 10.290 de disciplina docente

Expediente 13.250 – Ingresado el 1 de septiembre de 2004.

 

Resumen del Proyecto:

Mejora los procedimientos de los sumarios a los docentes.

 

 

Este proyecto perdió estado parlamentario al finalizar el 2005.

 

6.  Exención del Impuesto Inmobiliario a Salas de Teatro Independiente

Expediente 13.348 – Ingresado el 8 de septiembre de 2004.

 

Resumen del Proyecto:

Exime del pago del Impuesto Inmobiliario a las 19 Salas de Teatro Independiente existentes en las ciudades de Rosario, Santa Fe, Rafaela, Venado Tuerto, Rufino, Ceres y San Justo con una contraprestación de servicios culturales a convenir con la Provincia.

   

 

Este proyecto perdió estado parlamentario al finalizar el 2005.

Mediante el Expediente 16.604 fue reingresado el 30 de marzo de 2006 y se encuentra a consideración de la Comisión de Asuntos Comunales de la Cámara de Diputados.

7.  Reconocimiento, a lo largo de su carrera, de los derechos inherentes a la aptitud psicofísica obtenida por el docente al comenzar a trabajar

Expediente 14.733 – Ingresado el 18 de mayo de 2005.

 

Resumen del Proyecto:

Reconoce, a lo largo de la carrera del docente, los derechos laborales emergentes del examen de aptitud psicofísica realizado cuando comienza a prestar servicios.

Actualmente, cada vez que cambia su situación de revista (de reemplazante a interino o a titular) o asciende a cargos directivos, la “nueva carpeta médica” reduce sus derechos laborales por el lógico deterioro de su aptitud psicofísica por su edad y años de trabajo para el mismo Estado.

Esto afecta a los centenares de nuevos directores y docentes que se titularizan por los actuales concursos de ascenso e ingreso.

 

 

Este proyecto perdió estado parlamentario al finalizar el 2006.

Mediante el Expediente 19.016 fue reingresado el 17 de mayo de 2007 y se encuentra a consideración de la Comisión de Asuntos Laborales, Gremiales y Provisionales de la Cámara de Diputados.

 

8.  Continuidad de reemplazos docentes y derogación de la Resolución 994/93

Expediente 14.996 – Ingresado el 23 de junio de 2005.

 

Resumen del Proyecto:

Obliga al gobierno provincial a cubrir con reemplazantes desde el primer día de producidas, todas las vacancias de horas cátedra o cargos docentes, derogando la Resolución 994/93 y similares.

Elimina el “corte de reemplazos” cuando no medie la reincorporación efectiva del docente en uso de licencia. No se podrá cesar a quien lo suple, ni interrumpir el cómputo de su antigüedad.

Generaliza la continuidad del derecho a turno del reemplazante en el mismo cargo cuando el reintegro del reemplazado sea por un lapso menor a 30 días, para todos los niveles y modalidades.

 

 

Este proyecto perdió estado parlamentario al finalizar el 2006.

Mediante el Expediente 19.023 fue reingresado el 17 de mayo de 2007 y se encuentra a consideración de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados.

 

9.  Aumento del plazo de prescripción de las deudas laborales del Estado Provincial

Expediente 15.077 – Ingresado el 29 de junio de 2005.

 

Resumen del Proyecto:

Deroga la norma (2º párrafo del Art. 26 de la Ley 11.535) arbitraria e inconstitucional que fija en 2 años el plazo de prescripción de las deudas laborales que el gobierno provincial tenga con los empleados públicos.

Quedaría vigente el plazo de prescripción de 5 años que fija la legislación nacional, dando más tiempo a los docentes y demás empleados públicos para efectuar sus reclamos laborales (sueldos mal liquidados, haberes no percibidos, etc.).

 

 

Este proyecto perdió estado parlamentario al finalizar el 2006.

Mediante el Expediente 19.019 fue reingresado el 17 de mayo de 2007 y se encuentra a consideración de la Comisión de Asuntos Laborales, Gremiales y Provisionales de la Cámara de Diputados.

 

10.  Creación de Fiscalías especiales en materia de delitos contra la integridad sexual

Expediente 15.414 – Ingresado el 24 de agosto de 2005.

 

Resumen del Proyecto:

Crea dos fiscalías especiales, en las ciudades de Rosario y Santa Fe, expertas en la investigación de delitos contra la integridad sexual de las personas, con intervención directa y exclusiva en todos los casos de hechos presuntamente ilícitos relacionados con la materia.

 

 

Este proyecto perdió estado parlamentario al finalizar el 2006.

Mediante el Expediente 19.020 fue reingresado el 17 de mayo de 2007 y se encuentra a consideración de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Cámara de Diputados.

 

11.  Eliminación de restricciones a docentes transferidos para cobrar el Seguro Mutual

Expediente 15.550 – Ingresado el 9 de septiembre de 2005.

 

Resumen del Proyecto:

Elimina, para los docentes transferidos, los requisitos de antigüedad en la Caja del Seguro Mutual Provincial que les reducen el monto a percibir y la posibilidad de cobrar el anticipo al jubilarse. Muchos no pueden acreditar la antigüedad requerida porque fueron transferidos con mucha edad y años de servicio en la Nación.

 

 

Este proyecto perdió estado parlamentario al finalizar el 2006.

Mediante el Expediente 19.018 fue reingresado el 17 de mayo de 2007 y se encuentra a consideración de la Comisión de Asuntos Laborales, Gremiales y Provisionales de la Cámara de Diputados.

 

12.  Adicional salarial a los docentes por Título Terciario o Universitario

Expediente 15.551 – Ingresado el 9 de septiembre de 2005.

 

Resumen del Proyecto:

Establece el pago para los docentes de un adicional por otro título terciario o universitario, además del que acredite su idoneidad para acceder al cargo u horas cátedra: 25 % sobre el básico y la antigüedad para carreras de 5 años, 20 % para carreras de 4 años y 15 % para carreras de 3 años.

Los demás empleados provinciales y municipales reciben desde hace años este adicional

 

 

Este proyecto perdió estado parlamentario al finalizar el 2006.

Mediante el Expediente 19.017 fue reingresado el 17 de mayo de 2007 y se encuentra a consideración de la Comisión de Asuntos Laborales, Gremiales y Provisionales de la Cámara de Diputados.

 

13.  Reparación por daños realizados por hinchas de fútbol en Rosario

Expediente 15.795 – Ingresado el 11 de noviembre de 2005.

 

Resumen del Proyecto:

Crea un régimen de reparación para los damnificados por los hechos vandálicos acontecidos el domingo 6 de noviembre de 2005, en la ciudad Rosario, tras la disputa del partido clásico, entre Newell’s Old Boys y Rosario Central.

Determina que el ministerio de Gobierno sea el encargado de recepcionar los reclamos, verificar los daños  y cuantificar las indemnizaciones, de acuerdo con la reglamentación

Dispone que el Estado provincial ejerza la acción de repetición por el monto indemnizado contra los responsables de los hechos, en el caso de que fueran identificados.

 

 

Este proyecto perdió estado parlamentario al finalizar el 2006.

 

14.  Modificaciones al Régimen de Jubilación Opcional Docente - Ley Nº 12.464

Expediente 16.402 – Ingresado el 9 de marzo de 2006.

 

Resumen del Proyecto:

Permite, a los docentes que se jubilen por el Régimen Opcional Docente (art. 14 de la Ley 12.464), la compensación de 2 años de exceso de edad por un año de servicio y viceversa, de la que gozan los beneficiarios del Régimen General, y de la que están excluidos por el artículo 16 de dicha Ley.

Explicita el derecho de los jubilados por el Régimen Opcional a continuar en actividad en los niveles terciarios o universitarios como los jubilados por el Régimen General.

Determina que el haber de la jubilación por invalidez de los docentes y las pensiones se calculará según el Régimen Opcional (82%) y no por el General (72%)

 

 

Este proyecto se encuentra a consideración de la Comisión de Asuntos Laborales, Gremiales y Previsionales de la Cámara de Diputados.

 

15.  Contratación del Seguro de Responsabilidad Civil para las Escuelas

Expediente 16.459 – Ingresado el 9 de marzo de 2006.

 

Resumen del Proyecto:

Exige la inmediata contratación de un Seguro de Responsabilidad Civil para las Escuelas en cumplimiento del Artículo 1117 del Código Civil.

 

 

Este proyecto se encuentra a consideración de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Cámara de Diputados.

 

16.  Eliminación de restricciones para las licencias de los docentes Reemplazantes

Expediente 16.460 – Ingresado el 9 de marzo de 2006.

 

Resumen del Proyecto:

Elimina la exigencia de 60 días de antigüedad en el reemplazo para acceder a la licencia por maternidad, guarda o tenencia;

Permite acceder a reemplazos en dirección, supervisión o a licencias por cargos electivos a los directores reemplazantes;

Permite acceder a licencias gremiales a los docentes reemplazantes.

Elimina las reducciones en las Licencias por Maternidad por adelantamiento o atraso del parto respecto a la fecha probable.

 

 

Este proyecto se encuentra a consideración de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados.

 

17.  Ley de regulación profesional de la actividad de Peluqueros y afines

Expediente 16.809 – Ingresado el 11 de mayo de 2006.

 

Resumen del Proyecto:

Regula el ejercicio de la profesión de Peluquero, Peinador, Estilista o Coiffeur en sus distintas especialidades (caballeros - damas - niños - prótesis capilares - implantes - etc.)

Establece que el ejercicio de la profesión queda reservado exclusivamente a las personas que posean título o acreditación habilitante obtenido en Instituciones oficiales, municipales, provinciales o nacionales; en Instituciones privadas, sólo si se desarrollan currículas oficiales aprobadas por las autoridades competentes a nivel nacional, provincial o municipal o a quienes acrediten título extranjero revalidado en argentina, o habilitados por tratados de reciprocidad.

Determina la obligación de los peluqueros de registrar e inscribir los títulos o acreditaciones habilitantes, ante la Federación Santafesina de Peluqueros y Peinadores, quien llevará el registro de la matrícula. El otorgamiento de la matrícula implicará automáticamente la habilitación para el ejercicio de la profesión en el territorio de la provincia de Santa Fe.

Establece deberes y obligaciones de los profesionales de la actividad, condiciones para la enseñanza de la profesión y reconoce a la Federación Santafesina de Peluqueros y Peinadores como entidad encargada de fiscalizar el ejercicio de la profesión y las condiciones de higiene y salubridad de los locales en todo el territorio provincial.

 

 

Este proyecto se encuentra a consideración de la Comisión de Asuntos Laborales, Gremiales y Previsionales de la Cámara de Diputados.

 

18.  Subsidio de desempleo para los Docentes Reemplazantes Cesantes

Expediente 16.909 – Ingresado el 18 de mayo de 2006.

 

Resumen del Proyecto:

Otorga un subsidio de $500 pesos más el salario familiar y el derecho a la Obra Social a los docentes reemplazantes con más de un año de antigüedad que quedaren cesantes al 1º de junio de 2006 por los desplazamientos producidos por la toma de posesión de los nuevos directores, hasta el inicio del ciclo lectivo 2007 si no fueran convocados a reemplazos.

 

 

Este proyecto se encuentra a consideración de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados.

 

19.  Designación por el Escalafón de Concursos en vigencia del Personal Directivo para escuelas en estado de organización o reorganización

Expediente 17.184 – Ingresado el 15 de junio de 2006.

 

Resumen del Proyecto:

Determina que la designación del Personal Directivo de las Escuelas en Organización (cuando se crean) o de Reorganización (cuando el Personal Directivo es sumariado y separado del cargo) debe ser realizada por el estricto orden del escalafón del concurso de ascenso vigente y si no lo hubiere, por un escalafón regional realizado según los criterios del Decreto 1214/06. Se terminará con la designación “a dedo” de “amigos” del gobierno de turno para la Organización y especialmente para la Reorganización de escuelas a las que se ha acostumbrado el Ministerio.

Pone un límite máximo de 2 años a los Estados de Organización o Reorganización, evitando las intervenciones sin límite de tiempo de las que abusa desde hace años el Ministerio de Educación.

 

 

Este proyecto se encuentra a consideración de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados.

 

20.  Inclusión de representantes docentes en la Administración del F.A.E.

Expediente 17.185 – Ingresado el 15 de junio de 2006.

 

Resumen del Proyecto:

Incorpora como Vocales a un representante de los docentes en las Comisiones Administradoras del FAE para colaborar en la determinación de las prioridades de inversión y el control de ejecución.

Habilita a los representantes docentes y de las Asociaciones Cooperadoras a participar en las inspecciones de las obras y a acceder a los planos de los edificios escolares.

 

 

Este proyecto se encuentra a consideración de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados.

 

21.  Cobertura obligatoria por el IAPOS a discapacitados

Expediente 17.797 – Ingresado el 24 de agosto de 2006.

 

Resumen del Proyecto:

Establece que el IAPOS tendrá a su cargo con carácter obligatorio la cobertura de las prestaciones básicas enunciadas en la Ley Nacional Nº 24.901 y concordantes que soliciten las personas con discapacidad afiliadas a esa obra social.

Obliga al IAPOS a capacitar a sus agentes y a difundir entre sus afiliados todos los servicios a los que pueden acceder.

 

 

Este proyecto se encuentra a consideración de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Cámara de Diputados.

 

22.  De bibliotecas escolares

Expediente 18.239 – Ingresado el 19 de octubre de 2006.

 

Resumen del Proyecto:

Crea la Dirección Provincial de Bibliotecas Escolares del Ministerio de Educación Provincial.

Define a la Dirección como un organismo que trabajará conjuntamente con las distintas ramas de la enseñanza, diseñando e implementado estrategias para optimizar la acción de las Bibliotecas Escolares, participando en la formación, funcionamiento y supervisión de un sistema bibliotecario escolar, desde donde emanen y gestionen las políticas de defensa y fomento de la Biblioteca Escolar.

Determina el funcionamiento de una biblioteca escolar en cada uno de los establecimientos educativos de nuestra provincia, cualquiera fuera su nivel o modalidad.

Establece que la Biblioteca escolar debe ofrecer servicios de aprendizaje, libros y otros recursos a todos los miembros de la comunidad escolar para que desarrollen el pensamiento crítico y utilicen de manera eficaz la información en cualquier soporte y formato. Las Bibliotecas Escolares estarán interrelacionadas con la amplia red de Bibliotecas y de Información de acuerdo con los principios de la UNESCO sobre la Biblioteca Pública.

 

 

Este proyecto se encuentra a consideración de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados.

 

23.  Expropiación de un terreno para la ampliación de la Escuela Nº 560 de Rosario

Expediente 19.022 – Ingresado el 17 de mayo de 2007.

 

Resumen del Proyecto:

Dispone declarar sujeto a expropiación un terreno lindero a la Esc. Nº 560 para realizar las actividades de Educación Física, realizar actividades culturales y recreativas y proveer de una entrada independiente al comedor escolar.

 

 

Este proyecto se encuentra a consideración de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados.

 

24.  Acreditación de servicios por medio de recibos con descuentos para la Jubilación

Expediente 19.024 – Ingresado el 17 de mayo de 2007.

 

Resumen del Proyecto:

Incorpora el Art. 11 bis a la Ley Nº 6915.

Define servicios con aportes los períodos en los cuales se hayan devengado y retenidos los aportes jubilatorios.

Se evita así que la falta de depósito patronal de dichos aportes prive a empleados de sus derechos a jubilarse como ocurre con docentes de escuelas privadas y empleados comunales o municipales.

 

 

Este proyecto se encuentra a consideración de la Comisión de Asuntos Laborales, Gremiales y Previsionales de la Cámara de Diputados.

 

25.  Continuidad del pago de haberes en la reincorporación de jubilados por invalidez

Expediente 19.025 – Ingresado el 17 de mayo de 2007.

 

Resumen del Proyecto:

Modifica el Art. 20 de la Ley Nº 6915

Garantiza que la Caja siga pagando los haberes hasta que el beneficiario reintegrado reciba su primer sueldo. El período mayor a los 90 días será reintegrado a la Caja por el empleador.

 

 

Este proyecto se encuentra a consideración de la Comisión de Asuntos Laborales, Gremiales y Previsionales de la Cámara de Diputados.

 

26.  Foro educativo para elaborar el Plan estratégico de la educación santafesina

Expediente 19.175 – Ingresado el 7 de junio de 2007.

 

Resumen del Proyecto:

Realización de un amplio debate con participación de la comunidad educativa desde cada establecimiento escolar para establecer un plan estratégico educativo, sus metas, prioridades y etapas de implementación y las bases de la Ley Provincial de Educación.

 

 

Este proyecto se encuentra a consideración de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados.

 

27.  Extensión de los beneficios de la Ley Nº 8525

Expediente 19.210 – Ingresado el 14 de junio de 2007.

 

Resumen del Proyecto:

Incorpora a los docentes y otros empleados públicos incluidos en los llamados “regímenes especiales” en los beneficios laborales previstos en el Capítulo V de la Ley Nº 8525 para los empleados del escalafón general, especialmente los vinculados a las indemnizaciones por fallecimiento y despidos.

 

Este proyecto se encuentra a consideración de la Comisión de Asuntos Laborales, Gremiales y Previsionales de la Cámara de Diputados.

 

28.  Equipos Interdisciplinarios de apoyo escolar en terreno

Expediente 19.216 – Ingresado el 14 de junio de 2007.

s

Resumen del Proyecto:

Crea Equipos Interdisciplinarios integrados por profesionales (graduado en ciencias de la educación, trabajador social, psicólogo, psicopedagogo o pedagogo social y médico generalista) en cada circuito escolar, bajo la conducción operativa de los supervisores y las directoras y con una coordinación técnico-profesional provincial y en las regiones IV y VI.

 

Este proyecto se encuentra a consideración de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados.

 

29.  Regulación actividad de los Geriátricos

Expediente 19.491 – Ingresado el 23 de agosto de 2007.

s

Resumen del Proyecto:

 

Este proyecto se encuentra a consideración de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados.

 

30.      Vacaciones no gozadas por enfermedad

Expediente 19.740 – Ingresado el 1 de noviembre de 2007.

 

s

Resumen del Proyecto:

 

Este proyecto se encuentra a consideración de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados.

 

31.      Jubilación Parcial Docente

Expediente 19.741 – Ingresado el 1 de noviembre de 2007.

s

Resumen del Proyecto:

 

Este proyecto se encuentra a consideración de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados.

 

 

32.      Expropiación inmueble para el Jardín Nucleado Nº 8.156 de Villa Gdor. Gálvez

Expediente 19.770 – Ingresado el 8 de noviembre de 2007.

s

Resumen del Proyecto:

 

Este proyecto se encuentra a consideración de.

 

 

 

 

A - Proyectos de Ley cuyo debate originó la sanción de Leyes Provinciales:                            10

B – Proyectos de Ley cuyos temas fueron contemplados por la Legislación Nacional:              2

C - Proyectos de Ley que recibieron media sanción y están a consideración del Senado:        4

D - Proyectos de Ley que se encuentran a consideración de Comisiones en Diputados:        32

                                                                                                                                 Total:              48